Solicitud de exención de precios de visado y gastos administrativos
Estimados colegiados:
Os informamos del Protocolo para el acceso a las ayudas del Fondo de Emergencias COAL, destinado a apoyar la reconstrucción, rehabilitación y reforma de edificaciones dañadas por los incendios forestales ocurridos en 2025.
El Fondo cubrirá íntegramente los precios de visado y los gastos administrativos de los proyectos asociados a edificaciones afectadas, aliviando así la carga económica de los promotores en el proceso de recuperación de sus propiedades.
A continuación, os trasladamos los aspectos esenciales del protocolo:
1. ¿Quién puede solicitar la exención?
Podrán acogerse a estas ayudas los promotores propietarios de edificaciones afectadas:
- Particulares
- Comunidades de propietarios
- Juntas Vecinales
- Empresas
La exención será aplicable a proyectos de reforma, rehabilitación, reconstrucción, demolición o sustitución (obra nueva) situados en municipios incluidos en los listados oficiales publicados en el BOCYL. Dichos listados se incorporan como anexo al protocolo.
2. Requisitos principales
Para acceder a la exención será necesario, además de presentar la documentación habitual requerida para el visado del proyecto:
- Acreditar adecuadamente que la edificación ha sido afectada por el incendio, mediante fotografías, informes de aseguradoras u otra documentación pertinente.
- Garantizar que la edificación no esté fuera de ordenación y que, en caso de ubicarse fuera de suelo urbano, disponga de las autorizaciones correspondientes.
- Adjuntar el formulario de solicitud de exención disponible en el Área Privada, que deberá presentarse a través del Buzón COAL firmado por el promotor.
3. Procedimiento de tramitación
- El arquitecto redactor presentará el proyecto junto con el formulario de solicitud de exención.
- El COAL verificará que la localidad está incluida entre las afectadas según los listados oficiales.
- Una vez validados los requisitos, se aplicará automáticamente la exención de los precios de visado y de los gastos administrativos.
4. Alcance económico
El Fondo cubrirá el 100 % de los precios colegiales (visado y gastos administrativos) correspondientes a los proyectos afectados, así como los documentos del mismo expediente hasta la emisión del Final de Obra.
5. Plazos y vigencia
El protocolo será aplicable mientras permanezca activo el acuerdo aprobado por la Junta de Gobierno, pudiendo prorrogarse según la evolución de las necesidades y la disponibilidad presupuestaria.














