La Junta General celebrada el pasado 18 de diciembre aprobó la modificación de la Normativa del Registro de Sociedades Profesionales del COAL con el objetivo de simplificar su contenido y acomodarlo a las últimas indicaciones del CSCAE que limitaban las comprobaciones de los COAS a aquellos aspectos que no pueden ser revisados por el Registrador Mercantil.
Se recuerda a todos los colegiados que la inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales del COAL es de obligado cumplimiento para todas aquellas constituidas conforme a la Ley de Sociedades Profesionales cuyo domicilio fiscal se encuentre en nuestro ámbito colegial.
Accede aquí a la Modificación de la Normativa del Registro de Sociedades Profesionales del COAL que entrará en vigor a los 20 días de la publicación de este anuncio en el Boletín Colegial.