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La Ley de Medidas Liberalizadoras en materia de suelo y
de Colegios Profesionales, aprobada el 20 de febrero de 1997, introduce los siguientes conceptos: - La relación económica arquitecto/cliente es libre,
conforme a la Ley de libre competencia y a la de competencia desleal - Permite la publicidad como forma de promoción profesional, previa autorización
colegial - Los Colegios pueden fijar baremos orientativos de honorarios Los arquitectos que deseen ejercer
la profesión en el ámbito de las provincias que comprende el COAL, León, Zamora, Salamanca y Palencia, deberán presentar la siguiente documentación para
colegiarse: - * Solicitud de colegiación (impreso COAL)
- * Ficha
de identificación de firma
- * Ficha del Censo del Consejo Superior (cumplimentada)
- * Ficha de Vinculaciones (cumplimentada)
- Fotocopia del Título de Arquitecto Superior o,
en su defecto, el original del certificado expedido por el Rector Magnífico de la Universidad que corresponda, donde se haga constar la fecha de finalización
de estudios
- Certificado de empadronamiento en el municipio de la demarcación colegial donde vaya a fijar su
residencia, o en su defecto, certificado en el que se haga constar su domicilio profesional principal, que deberá estar dentro del ámbito territorial del
COAL
- Fotocopia del D.N.I.
- Cuatro fotografías tamaño
carnet.
Anualmente se establece una cuota fija ( Para
2009 de 200 € + IVA). Para el Primer año de Colegiación se
abonará el 50% de la Cuota Los Arquitectos Jubilados podrán seguir colegiados sin abonar cuota Los Arquitectos Funcionarios tienen una bonificación
de un 10% de la cuota. El Precio Base Estimado en 2009 se fija en 454 €/m2- * Todos los Impresos podrán recogerse en la sede colegial, o solicitar su envío por correo.
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